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Enfermedades

Día Mundial de la Donación de Órganos, Tejidos y Trasplantes: Requisitos para salvar vidas

Descubre los requisitos para un transplante despues de un fallecimiento y  trasplantes entre vivos.

Kimberly Salazar

Puedes salvar una vida(PEXELS)

Puedes salvar una vida | PEXELS

El 14 de octubre de cada año se celebra el Día Mundial de la Donación de Órganos, Tejidos y Trasplantes. Esta fecha se conmemora con la intención de incentivar al mayor número de personas en el mundo a salvar la vida de otras personas por medio de la donación. 

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la lista de espera del Centro Nacional de Trasplantes (CENATRA) 22 mil 874 pacientes están en espera de un órgano o tejido, de los cuales 16 mil 301 están inscritos en el Seguro Social, siendo la mayor demanda es por riñón y córnea.

El proceso de donación y trasplantes de órganos y tejidos en nuestro país es totalmente gratuito. Se rige por los principios de gratuidad, altruismo, solidaridad y confidencialidad. Para ello se requiere ser mayor de edad comprobable, aceptar libremente la decisión de donar y comunicar la decisión a la familia.

 Cuantas más personas acepten ser donadoras, un mayor número de vidas se podrán salvar.

Trasplante entre vivos:

Para realizar trasplantes entre vivos, deberán cumplirse los siguientes requisitos respecto del donante:

1. Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales.

2. Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura.

3. Tener compatibilidad aceptable con el receptor.

4. Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido, por un médico distinto de los que intervendrán en el trasplante.

5. Haber otorgado su consentimiento en forma expresa, en términos de los artículos 322 y 323 de esta Ley.

6. Los trasplantes se realizarán, de preferencia, entre personas que tengan parentesco por consanguinidad, civil o de afinidad.

a) Obtener resolución favorable del Comité de Trasplantes de la institución hospitalaria, donde se vaya a realizar el trasplante, previa evaluación médica, clínica y psicológica;

b) El interesado en donar deberá otorgar su consentimiento expreso ante Notario Público y en ejercicio del derecho que le concede la presente Ley, manifestando que ha recibido información completa sobre el procedimiento por médicos autorizados, así como precisar que el consentimiento es altruista, libre, consciente y sin que medie remuneración alguna. El consentimiento del donante para los trasplantes entre vivos podrá ser revocable en cualquier momento previo al trasplante, y

c) Haber cumplido todos los requisitos legales y procedimientos establecidos por la Secretaría, para comprobar que no se está lucrando con esta práctica.
 

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