En Argentina prohíben la venta de marca de chocolates con forma de cogollos de marihuana
Los chocolates se llaman "Choco Cryp".
En Argentina, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la la venta y elaboración de unos chocolates que tienen forma de cogollos de marihuana. Según esto es por "carecer de registros sanitarios" y "suscitar engaño o confusión en las y los consumidores".
Son los "Chocolates sin THC sin CBD 'Choco Cryp' - Sabor Kaliboom 170 g". Este organismo indicó que es por contener la leyenda 'sin THC sin CBD' en su rótulo". Puede causar engaño o confusión en las y los consumidores.
Está publicado en el Boletín Oficial, en la disposición 9906/2022.
Es por por “carecer de registros sanitarios” y “suscitar engaño o confusión en las y los consumidores”. Se trata de los chocolates identificados con el nombre “Choco Cryp”. https://t.co/m7hRLxEotL
— LOS ANDES (@LosAndesDiario) December 15, 2022
MÁS DETALLES DEL PRODUCTO SOBRE LA MARCA DE CHOCOLATE
Según la nota, estas acciones iniciaron por una notificación del Juzgado Nacional N° 3 de la provincia de Mendoza, que hace referencia a chocolates comercializados bajo la marca 'Chocogollos'. No cumplían con la normativa alimentaria vigente.
En ese marco, "el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), realizó una búsqueda entre posibles lugares de venta y solicitó la colaboración del Departamento de Inspección Sanitaria del INAL para realizar una toma de muestras".
Autoridades pidieron al titular del comercio auditado la factura de compra del producto intervenido y "éste entregó un remito con datos correspondientes de la empresa comercializadora ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".
Se solicitó a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que logre intervenir en la investigación del incidente, en el ámbito de sus competencias, a fin de identificar su procedencia.
La Anmat mencionó que el producto "no puede identificarse en forma clara como producido, elaborado y fraccionado en un establecimiento determinado".
No podra ser elaborado en ninguna parte del país, comercializado ni expendido en el territorio de la República, determinó finalmente la Anmat.
Fuente: Télam y El Clarín.
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